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¿Dejar de estudiar te convierte en desertor del CAE?

CAE

Respuesta corta

No necesariamente. Para el CAE, la deserción es dejar los estudios sin justificación durante doce meses seguidos. No es deserción si se debe a una enfermedad grave temporal, un accidente invalidante u otra fuerza mayor calificada por la Comisión Ingresa, siempre que lo pidas antes de que se cumplan los doce meses. Un único cambio de carrera tampoco cuenta.

Congelar, enfermarse o cambiarse de carrera son cosas comunes en la educación superior. Con CAE, la pregunta es si eso te convierte en desertor, porque la deserción adelanta el cobro y acorta el plazo para pagar.

La respuesta corta: no siempre. Pero algunas excepciones hay que pedirlas a tiempo.

Doce meses sin justificación

Para el CAE, la deserción es dejar los estudios sin justificación durante doce meses seguidos.

Un semestre congelado no alcanza ese plazo. Pero si sumas un año completo fuera sin una causa que lo justifique, la deserción puede declararse. Quien la declara es la Comisión Ingresa.

Las causas que lo justifican

Hay tres causas que justifican dejar de estudiar sin caer en deserción:

  1. Enfermedad grave temporal del estudiante.
  2. Accidente invalidante.
  3. Otra causa de fuerza mayor debidamente justificada y calificada especialmente por la Comisión.

Hay que pedirlo antes de los doce meses

Este es el detalle que más se pasa por alto. La justificación no opera sola. Tienes que presentar una solicitud a la Comisión antes de que terminen los doce meses, con los antecedentes que acrediten la causa y el plazo por el que pides suspender los estudios.

La Comisión aprueba y certifica la causa en cada caso, y decide por cuánto tiempo queda justificada la suspensión.

Si estás fuera de la carrera por una de estas razones, no esperes a volver para regularizarlo.

Cambiarse de carrera: una sola vez

También está justificado el cambio de carrera o de programa, dentro de la misma institución o hacia otra que participe del sistema CAE, siempre que no ocurra más de una vez. La nueva institución debe certificar que estás matriculado.

Hay cambios que no se cuentan como ese único cambio:

  • Los forzados por el cierre o la pérdida del reconocimiento oficial de la carrera o de la institución, u otra fuerza mayor calificada por la Comisión.
  • La continuidad de estudios: pasar a una carrera de nivel superior en un área afín, como de un bachillerato a una carrera profesional o de un ciclo básico a uno de especialidad.
  • Los cambios de nombre de la carrera o del título, y los cambios de malla.

Si ya te declararon desertor

Si la deserción ya se declaró, cambian las reglas de tu deuda: empiezas a pagar antes, en menos tiempo, y con otras garantías detrás. Lo explicamos en deserté del CAE: qué pasa con mi deuda.

Si ya te están cobrando o tienes un juicio, cuéntanos tu caso. La primera asesoría es gratuita.

Preguntas frecuentes

¿Congelar un semestre me convierte en desertor?

No por sí solo. La deserción exige doce meses seguidos sin estudiar y sin justificación. Un semestre no alcanza ese plazo.

¿Puedo justificarlo después de los doce meses?

No. La solicitud debe presentarse a la Comisión antes de que terminen los doce meses, con los antecedentes que acrediten la causa y el plazo de suspensión que se pide.

¿Cuántas veces me puedo cambiar de carrera?

Un cambio de carrera o de institución se justifica una sola vez. No se cuentan los cambios forzados por el cierre de una carrera o institución, ni el paso a una carrera afín que continúa tus estudios.

¿Quién decide si mi causa está justificada?

La Comisión Ingresa. Ella aprueba y certifica la causa en cada caso y determina por cuánto tiempo queda justificada la suspensión de tus estudios.

Fuentes

Este artículo es información general sobre la legislación chilena y no constituye asesoría legal para un caso particular. Cada situación requiere un análisis propio.

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