Convenio CAE TOTAL de la Tesorería: qué revisar antes de firmar
Respuesta corta
El Convenio CAE TOTAL permite pagar en hasta 48 cuotas mensuales la deuda del CAE que cobra la Tesorería, es decir, cuando el Fisco ya pagó la garantía. Está abierto hasta el 15 de enero de 2027 y no rebaja la deuda: se paga el total. Firmarlo implica reconocer esa deuda, así que conviene revisar antes si el monto y el cobro son correctos.
La Tesorería abrió un convenio nuevo para la deuda del CAE: el Convenio CAE TOTAL, de hasta 48 cuotas mensuales. Es más flexible que los convenios que ya existían, pero tiene dos cosas que conviene tener claras antes de pagar el pie: no rebaja la deuda y firmarlo implica reconocerla.
Qué es el Convenio CAE TOTAL
Lo creó la Ley 21.850, de Reconstrucción Nacional, publicada el 17 de octubre de 2026. La ley le dio a la Tesorería 90 días corridos para ofrecer facilidades de pago en los créditos del CAE en que el Fisco ya pagó la garantía estatal, total o parcialmente.
Es decir, es para la deuda que cobra la Tesorería, no el banco. Si tu garantía todavía no se ha pagado, lo que existe es la reprogramación con el banco a través de Ingresa: lo explicamos en la reprogramación del CAE de Ingresa.
El plazo para firmarlo vence el 15 de enero de 2027, y el trámite se hace solo por internet, en el sitio de la Tesorería.
Cómo funciona
Según la ley y la Tesorería:
- Pagas el total de la deuda en hasta 48 cuotas mensuales. El convenio cubre toda la deuda que la Tesorería tiene registrada.
- Se activa pagando un pie, que corresponde a la primera cuota.
- La cuota la calcula la Tesorería. Puedes pagar en menos cuotas o con un pie más alto, pero no bajar la cuota del monto calculado.
- No se considera tu comportamiento de pago anterior ni el límite de renta que exigen los otros convenios.
- Si ya tienes un convenio CAE, puedes cambiarte en línea: al pagar el pie del nuevo, el anterior se cierra automáticamente.
En qué se diferencia del convenio CAE que ya existía
| Convenio CAE 2026 | Convenio CAE TOTAL | |
|---|---|---|
| Cuotas | Hasta 24, según tus ingresos | Hasta 48 |
| Renta | Menos de $5.000.000 brutos al mes | No se considera |
| Convenios caducados antes | No haber tenido tres | No se considera |
| Cubre toda la deuda | No siempre | Sí |
Con el convenio CAE 2026, la Tesorería advierte que las cuotas pueden no alcanzar a cubrir toda la deuda. En ese caso, hay que pagar el saldo o firmar un convenio nuevo al terminar. El Convenio CAE TOTAL está pensado para pagar todo de una vez.
Lo que ganas
- El cobro queda suspendido mientras el convenio esté vigente, según informa la Tesorería.
- Estando al día, no te retienen la devolución de impuestos.
- Al pagar todas las cuotas, la deuda con la Tesorería queda pagada.
Lo que no hace
- No rebaja la deuda. Se paga el total, y la Tesorería no informa ninguna condonación de intereses para este convenio.
- No levanta los embargos de inmediato. La Tesorería indica que el alzamiento del embargo se pide una vez pagada la deuda completa.
- No resuelve el juicio del banco, si lo hay. Es otro procedimiento, y la Tesorería no informa qué pasa con él.
Y si dejas de pagar, la Tesorería informa que sus convenios CAE caducan con dos cuotas impagas, seguidas o no. Entonces se acaba la suspensión del cobro.
Antes de pagar el pie
Firmar un convenio implica reconocer la deuda, por el monto que la Tesorería tiene registrado. Si tu caso tenía alguna defensa, esa firma puede cerrarla. Hay dos situaciones en que conviene revisarlo con especial cuidado:
- Si desertaste. La Tesorería solo puede cobrar lo que el Fisco pagó como garantía, y en la deserción eso va del 0 % al 30 % de la deuda. Si el monto que te cobra incluye más, al firmar lo estarías aceptando. Lo explicamos en si desertaste, ¿quién te cobra el CAE?.
- Si el banco ya te demandó. En ese juicio el banco actúa también por la Tesorería, y se está alegando en tribunales que el cobro posterior de la Tesorería por esa misma parte es un doble cobro. Lo explicamos en las dos demandas por el CAE.
Saber si el monto está bien calculado, sin asesoría, es prácticamente imposible. Y el plazo hasta el 15 de enero alcanza para revisarlo antes de decidir.
Si la Tesorería te está cobrando el CAE, cuéntanos tu caso antes de firmar. La primera asesoría es gratuita y revisamos qué te cobran, por qué vía y qué defensas tienes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede firmar el Convenio CAE TOTAL?
Quien tiene una deuda del CAE con la Tesorería, es decir, cuya garantía estatal ya se pagó, total o parcialmente. Según la Tesorería, para este convenio no se considera el comportamiento de pago anterior ni el límite de renta.
¿Hasta cuándo se puede firmar?
Hasta el 15 de enero de 2027. La Ley 21.850 le dio a la Tesorería 90 días corridos desde su publicación, el 17 de octubre de 2026.
¿El convenio rebaja mi deuda?
No. Es un convenio para pagar el total de la deuda en cuotas, y la Tesorería no informa ninguna condonación de intereses para él.
Ya tengo un convenio CAE con la Tesorería, ¿me puedo cambiar?
Sí. Se pide en línea y, al pagar el pie del convenio nuevo, el anterior se cierra automáticamente.
¿Qué pasa si dejo de pagar las cuotas?
La Tesorería informa que sus convenios CAE caducan si acumulas dos cuotas impagas, seguidas o no. Mientras el convenio está vigente, el cobro queda suspendido.
¿Firmar el convenio me quita defensas?
Firmarlo implica reconocer la deuda que te cobra la Tesorería, por el monto que ella registra. Si tu caso tenía alguna defensa disponible, esa firma puede cerrarla. Conviene revisarlo antes de pagar el pie.
Fuentes
Este artículo es información general sobre la legislación chilena y no constituye asesoría legal para un caso particular. Cada situación requiere un análisis propio.